sábado, 1 de agosto de 2015

Hace cien años se producía un hito en la historia del toscano argentino

El Boletín Oficial es un medio de comunicación escrita mediante el cual toman  estado  público  las  distintas  leyes,  normas  y reglamentaciones  emanadas  de  los  poderes  gubernativos argentinos. En  tal  carácter,  todo lo que allí aparece puede considerarse formalmente vigente desde el momento mismo de su publicación. Si bien existieron varios antecesores del mismo tenor  (como la pionera Gazeta de Buenos Ayres entre 1810 y 1821), el boletín diario que conocemos hoy data de 1870. La mayoría de los ejemplares de los siglos XIX y XX  se encuentra accesible en ciertos reservorios virtuales de internet, y no han sido pocas las veces que su contenido resultó  útil a nuestros fines históricos,  tanto en este blog como en Consumos del Ayer, dado que muchas de las antiguas disposiciones tenían como eje central la fabricación, importación o comercialización de alimentos, bebidas y tabacos. Por supuesto que ello incluye al cigarro más fumado en la Argentina de antaño, cuya aparición en las páginas de referencia era de lo más habitual. Precisamente, hoy vamos a examinar una resolución publicada hace un siglo exacto, enfocándonos en cierta frase muy significativa para la historia del consumo toscanero patrio.


En ese orden de cosas, el 22 de julio de 1915 quedó efectivizado un dictamen que autorizaba  a  los señores Ernesto  A.  Bunge  y  J.  Born  (únicos introductores del toscano legítimo) a usar estampillas fiscales con los colores de la bandera italiana. Si bien los fundamentos y  alcances puntuales de dicha norma no  nos interesan, cabe  explicarlos sintéticamente en aras de comprender el contexto temporal. Como ya hemos señalado en otras oportunidades, para ese entonces coexistían en el mercado vernáculo los toscanos nativos de Italia, sus imitaciones importadas desde otras procedencias (especialmente Suiza) y los ejemplares de fabricación nacional, cada vez más numerosos.  Frente  a semejante panorama de orígenes y nombres comerciales aplicados al mismo artículo genérico -que muchas veces favorecían  la confusión o el engaño- los interesados pedían un tratamiento especial en carácter de representantes y distribuidores del típico, singular y verdadero cigarro nacido en las factorías de la Regia Italiana.  Para  ello proponían la utilización de timbres impositivos especiales, que cumplían con todas las normas establecidas con la sola diferencia del diseño  y  la coloración alusivos a la bandera de Italia. Resumidamente digamos que, pese a una negativa anterior por parte de la Administración de Impuestos Internos, el presidente Victorino de la Plaza resolvió la controversia de manera aprobatoria.  Poco tiempo después,  la empresa en cuestión comenzó a difundir el cambio de estampillas por un nuevo modelo exclusivo  tricolor con  la leyenda “Regia Italiana – Roma” que reafirmaba la autenticidad del producto.


Pero dijimos que lo antedicho no constituye el punto central que nos convoca hoy. Lo más interesante de todo  es un fragmento casi “perdido” entre mucha jerga jurídica,   tan breve en su extensión como inequívoco en su significado y  trascendental en sus implicaciones. Se trata de lo siguiente: “…al presente la   fabricación   de   cigarros   tipo   toscano   ha sobrepasado en cantidad a la importación…”  ¿Cuál es el motivo para asignarle tanta envergadura  a un enunciado tan sencillo? El siguiente: nos brinda una magnífica certeza temporal sobre un hecho cuya existencia conocíamos, pero que  era muy difícil ubicar con alguna exactitud cronológica. Sabíamos bien que el toscano  fue importado por primera vez en 1861, que comenzó a fabricarse aquí por 1880, que su popularidad fue creciendo en las décadas siguientes y que para comienzos del siglo XX era elaborado por decenas de manufacturas locales,  en forma paralela a la importación desde Italia, Suiza y otros países. Era obvio que en algún punto de todo ese proceso el toscano de confección local superó numéricamente al de origen foráneo, ya que dicho predominio resulta manifiesto algunos años más tarde (1). Los cómputos de 1938 presentados por Juan Domenech en su Historia del Tabaco, por ejemplo, despejan cualquier duda al respecto.  Sin embargo,  para esa época era algo que ya venía sucediendo, y nuestro verdadero interrogante era cuándo había comenzado a suceder.  Ahora lo sabemos: fue hacia 1915, y todo gracias a una afirmación  incontrovertible sostenida por el antiguo organismo oficial con mayor conocimiento de las estadísticas tabacaleras, es decir,  la mencionada Administración Nacional de Impuestos Internos.


Sumamos así un nuevo hito en la historia del cigarro puro que fue  número uno del consumo nacional durante mucho tiempo.  Y  seguramente encontraremos otros,  que nos seguirán ayudando a comprender mejor el pasado de un producto plenamente consustanciado con la historia social y económica de nuestro país.


Notas: 

(1) Dentro de poco volveremos a presentar el listado actualizado de fábricas argentinas ubicadas en orden cronológico a partir de 1878, con la incorporación de algunos nuevos descubrimientos y confirmaciones. Pero ya en la última ocasión saltaba a simple vista una verdadera “avalancha” de factorías y talleres toscaneros emplazados en las dos primeras décadas del siglo XX. La misma impresión se obtiene al analizar las solicitudes de marcas efectuadas durante el mismo período, cuyo número no tiene parangón antes ni después. Amén de la célebre Avanti, establecida en 1902 (y sin contar algunas de las pioneras que ya existían desde el siglo XIX,  como Peirano,  de San Nicolás,  Miguel Campins,  de Tucumán, o el establecimiento porteño de Agustín Grillo), en  el  lapso  1900-1920  se verifica la aparición de al menos veinte manufacturas. No es de extrañar, entonces, que por esa misma época la balanza del toscano se haya inclinado cuantitativamente hacia el origen nativo.


No hay comentarios:

Publicar un comentario