El Boletín Oficial es
un medio de comunicación escrita mediante el cual toman estado público las distintas leyes, normas y reglamentaciones emanadas de los poderes gubernativos
argentinos. En tal carácter, todo lo que allí aparece puede considerarse formalmente
vigente desde el momento mismo de su publicación. Si bien existieron varios
antecesores del mismo tenor (como la
pionera Gazeta de Buenos Ayres entre
1810 y 1821), el boletín diario que
conocemos hoy data de 1870. La mayoría de los ejemplares de los siglos XIX y
XX se encuentra accesible en ciertos
reservorios virtuales de internet, y no han sido pocas las veces que su
contenido resultó útil a nuestros fines
históricos, tanto en este blog como en Consumos
del Ayer, dado que muchas de las antiguas disposiciones tenían como eje
central la fabricación, importación o comercialización de alimentos, bebidas y
tabacos. Por supuesto que ello incluye al cigarro más fumado en la Argentina de
antaño, cuya aparición en las páginas de referencia era de lo más habitual.
Precisamente, hoy vamos a examinar una resolución publicada hace un siglo
exacto, enfocándonos en cierta frase muy significativa para la historia del
consumo toscanero patrio.
En ese orden de cosas, el 22 de julio de 1915 quedó
efectivizado un dictamen que autorizaba
a los señores Ernesto A. Bunge y J. Born (únicos introductores del
toscano legítimo) a usar estampillas fiscales con los colores de la bandera
italiana. Si bien los fundamentos y alcances puntuales de dicha norma no nos interesan, cabe explicarlos
sintéticamente en aras de comprender el contexto temporal. Como ya hemos
señalado en otras oportunidades, para ese entonces coexistían en el mercado
vernáculo los toscanos nativos de Italia, sus imitaciones importadas desde
otras procedencias (especialmente Suiza) y los ejemplares de fabricación
nacional, cada vez más numerosos. Frente a semejante panorama de orígenes y
nombres comerciales aplicados al mismo artículo genérico -que muchas veces
favorecían la confusión o el engaño- los
interesados pedían un tratamiento especial en carácter de representantes y
distribuidores del típico, singular y verdadero cigarro nacido en las factorías
de la Regia Italiana. Para ello
proponían la utilización de timbres impositivos especiales, que cumplían con
todas las normas establecidas con la sola diferencia del diseño y la coloración
alusivos a la bandera de Italia. Resumidamente digamos que, pese a una negativa
anterior por parte de la Administración de Impuestos Internos, el presidente
Victorino de la Plaza resolvió la controversia de manera aprobatoria. Poco
tiempo después, la empresa en cuestión comenzó a difundir el cambio de
estampillas por un nuevo modelo exclusivo
tricolor con la leyenda “Regia Italiana – Roma” que reafirmaba la autenticidad del producto.
Pero dijimos que lo antedicho no constituye el punto central
que nos convoca hoy. Lo más interesante de todo
es un fragmento casi “perdido” entre mucha jerga jurídica, tan breve en
su extensión como inequívoco en su significado y trascendental en sus implicaciones. Se trata
de lo siguiente: “…al presente la fabricación de cigarros tipo toscano ha sobrepasado en cantidad a la
importación…” ¿Cuál es el motivo
para asignarle tanta envergadura a un
enunciado tan sencillo? El siguiente: nos brinda una magnífica certeza temporal
sobre un hecho cuya existencia conocíamos, pero que era muy difícil ubicar con alguna exactitud
cronológica. Sabíamos bien que el toscano
fue importado por primera vez en 1861, que comenzó a fabricarse aquí
por 1880, que su popularidad fue creciendo en las décadas siguientes y que para
comienzos del siglo XX era elaborado por decenas de manufacturas locales, en forma paralela a la importación desde
Italia, Suiza y otros países. Era obvio que en algún punto de todo ese proceso
el toscano de confección local superó numéricamente al de origen foráneo, ya
que dicho predominio resulta manifiesto algunos años más tarde (1). Los
cómputos de 1938 presentados por Juan Domenech en su Historia del Tabaco, por ejemplo, despejan cualquier duda al respecto. Sin embargo, para esa época
era algo que ya venía sucediendo, y nuestro verdadero interrogante era cuándo había comenzado a suceder. Ahora lo sabemos: fue hacia 1915, y todo
gracias a una afirmación
incontrovertible sostenida por el antiguo organismo oficial con mayor
conocimiento de las estadísticas tabacaleras, es decir, la mencionada Administración Nacional de Impuestos Internos.
Sumamos así un nuevo hito en la historia del cigarro puro
que fue número uno del consumo nacional
durante mucho tiempo. Y seguramente encontraremos otros, que nos seguirán
ayudando a comprender mejor el pasado de un producto plenamente consustanciado
con la historia social y económica de nuestro país.
Notas:
(1) Dentro de poco volveremos a presentar el listado
actualizado de fábricas argentinas ubicadas en orden cronológico a partir de
1878, con la incorporación de algunos nuevos descubrimientos y confirmaciones.
Pero ya en la última ocasión saltaba a simple vista una verdadera “avalancha”
de factorías y talleres toscaneros emplazados en las dos primeras décadas del
siglo XX. La misma impresión se obtiene al analizar las solicitudes de marcas
efectuadas durante el mismo período, cuyo número no tiene parangón antes ni
después. Amén de la célebre Avanti, establecida en 1902 (y sin contar algunas
de las pioneras que ya existían desde el siglo XIX, como Peirano, de San Nicolás, Miguel
Campins, de Tucumán, o el establecimiento porteño de Agustín Grillo), en el lapso 1900-1920 se verifica la aparición de
al menos veinte manufacturas. No es de extrañar, entonces, que por esa misma
época la balanza del toscano se haya inclinado cuantitativamente hacia el
origen nativo.
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